Historia Banco CHN Kaq

Qaxe’el

Öj samajinaq 90 (kajk’al lajuj) juna’ kik’in ri winaqi’ aj Iximulew, e qato’on richin nkiq’i’ ri kirayb’äl. Yeqato’ ri winaqi’ richin nkib’än jun kochoch, richin nkinimirisaj jun kik’ayib’al, richin nkilöq’ jun kich’ich’, richin nkinimirisaj ri kisamaj, xa achike na ri nkajo’ nkib’än röj e qato’on richin nkiq’i’ ri nkachik’aj.

Misión y Visión

Somos una Institución Financiera que cuenta con la garantía incondicional e ilimitada del Estado, que desde 1930 contribuye al desarrollo económico y social del país ofreciendo un portafolio integral de productos y servicios financieros.

Ser una entidad financiera sólida, confiable, servicial, competitiva e innovadora, que facilite productos y servicios de banca múltiple de alta calidad, para coadyuvar eficazmente al desarrollo de los sectores sociales y productivos del país.

Valores

Soy transparente, digo la verdad, soy honrado y trabajo con esmero, rectitud y claridad; no oculto nada, ni tomo lo que no me pertenece.

Trabajo con diligencia y convicción para garantizar el correcto cumplimiento de mis obligaciones, con lo cual contribuyo a generar confianza en los clientes hacia la Institución.

Estoy comprometido con “El Crédito” y mi gratitud y trabajo constantes contribuyen al logro de nuestra misión y visión institucionales.

Trato a todos con la misma consideración con que me gustaría ser tratado; soy cordial, educado, servicial y atento.

La dedicación y esmero en mi trabajo contribuyen a mi desarrollo personal y al engrandecimiento de mi Institución y de mi país.

Historia

Como consecuencia de lo anterior, el 4 de diciembre de 1929, el Señor Presidente de la República de Guatemala, en ese entonces General Lázaro Chacón, emitió el Decreto No. 1040, mediante el cual se promulgó la Ley de Creación de El Crédito Hipotecario Nacional de Guatemala. Diez meses después, el 6 de octubre de 1930, se inauguró la institución; y el día 07 del mismo mes y año, era emitido el Decreto No. 1098, con el cual se otorgaba vigencia a su Ley Reglamentaria.

La nueva institución fue dotada con un capital de un millón y medio de quetzales, distribuidos así: Un millón de capital pagado y quinientos mil quetzales como fondo inicial de reserva. Contaría además, para financiar sus operaciones activas, con el producto de la colocación de sus bonos y con parte de las utilidades que obtuviera, ya que en determinadas circunstancias, establecidas por la propia Ley, el excedente de tales utilidades debía ser enterado al Gobierno de la República.